1. ¿Qué son las organizaciones educativas?
Las organizaciones educativas son aquellas que dan orden en las instituciones para desarrollar sus programas. Hacen una búsqueda de lo mejor sobre enseñanza-aprendizaje, centrándose en una buena organización y gestión de los centros educativos.
Todas las organizaciones quieren alcanzar sus objetivos propuestos anteriormente, para ello es importante programar unas pautas y facilitar el logro de las metas comunes, procurando la satisfacción de las necesidades personales.
2. ¿Qué tipos hay?
Hay dos tipos:
- Públicas: Que son aquellas que tienen un sistema educativo, llevando a cabo un objetivo, es decir, son de libre acceso a toda la población sin marginación por motivos económicos.
- Privadas: Que son aquellas que no son sostenidas por el gobierno, sino que son particulares, esta son normalmente de creencia religiosa.
3. ¿Qué funciones tienen?
Principalmente la transmisión de la cultura y la adaptación social. Con esto queremos decir, que tiene que tener un compromiso con los valores comunes de la sociedad y desempeñar un rol especializado.
4. Funcionamiento de las organizaciones
- Organizaciones públicas.
El centro escolar es una organización formal y se encarga de unas funcione
independiéntemente de las características personales de sus integrantes.
La escuela tiene unos objetivos definidos en las formulaciones teoricas y legales. Ésta tiene un personal cualificado al cual se le atribuye individualmente unas funciones que les están asignadas.
Además posee unas reglas de funcionamiento que le dan una identidad cultural.
Pág 84 y 85[Según Rivas (1992), Una organización escolar realiza las siguientes funciones:
• Poner de manifiesto los elementos más significativos del contenido cultural en un contexto globalizador (significado).
• Recrear la cultura a través de la experiencia directa de los sujetos (ideologías, relaciones sociales, valores, normas...).
• Conformar la identidad del grupo en torno a modelos comunes, a modo de consenso entre las diversas fuerzas (homogeneidad/diferenciación).
• Vincular a los individuos con el colectivo y con los valores que representan (afiliación).
• Constituyen comportamientos estables (diseños de actuación).
• Proporcionan la competencia situacional para atender con éxito las diferentes demandas.]
Es decir la escuela tiene que originar en sus alumnos unos valores y creencias de la cultura que predomina en el lugar. Además debe proporcionar una socialización mediante la práctica reiterada de los rituales que se mantienen en el centro escolar en su dinámica corriente.
Pág 85[Según Fernández Enguita, 1990, el docente además de ofrecer sus ideas personales, actúa fundamentalmente como portavoz de la sociedad adulta, de sus valores, de sus creencias e ideas.]
La escuela tiene la función de convertir al educando en un ciudadano:
• Competente: Es decir en un profesional que sea técnicamente competente concretamente en su campo y hacerlo reconocido en las instancias académicas y sociales.
• Licenciado
• Independiente: Debe ser un profesional autónomo visto desde las organizaciones en la acción liberal de su profesión con respecto al cliente
• Autoregulado: Su profesión regula directamente la actuación a través de la ética y de organismos que resuelven conflictos.
Además la escuela:
• Es una institución de reclutamiento forzoso que pretende educar para la conseguir originar la libertad. Con ésto hablamos de enseñanza obligatoria, se deberá asistir a una obligatoria o a una concertada.
• Educar para conseguir la democracia. La estructura jerárquica de los centros se manifiesta en la estamentalización, en la composición de los órganos de gobierno y en algunas características de la cultura de la escuela.
• Desarrollará la autonomía. Si todo está prescrito solo existe una responsabilidad superficial de la ejecución.
Esta organización educativa:
• Pretende educar para los valores democráticos y para la vida.
• Pretende educar la creatividad, el espíritu crítico y el pensamiento divergente.
• Pretende educar para la igualdad entre los sexos.
• Pretende favorecer el elitismo
• Busca la diversidad pero forma competencias culturales comunes.
• Pretende educar para la participación.
• Pretende educar para la exigencia democrática.
• Es una institución
- Organizaciones privadas
Estas organizaciones están situadas en un sistema totalmente de mercado. Suelen tener alumnado de clase media y alta (según el grado de los ingresos económicos de la familia), sin embargo tienen la obligación de ocupar todas las aulas, se no ser así, el colegio se verá obligado a cerrar.
Normalmente, éstos colegios disponen de total libertad a la hora de plantear la participación que quieran en el centro y disponen de una total autonomía financiera y funcional.
En este tipo de organizaciones, el estado solamente controla las normas básicas y los temas relacionados con el currículo y los títulos necesarios que debe tener el profesorado.
Los padres tienen total libertad para elegir el centro en función de sus intereses.
5. Estructura de la organizaciones
Órganos colegiados
Los órganos colegiados actúan y toman decisiones, como su nombre indica, de manera colegiada. Es decir, dejan a un lado decisiones e intereses personales en pro del interés colectivo (Fernández Serrat, 2002). Según la ley de participación, evaluación y gobierno de los centros (1995), a éstos órganos se le atribuyen importantes responsabilidades como asegurarse que la tareas desarrolladas en el centro se realicen de acuerdo a la constitución, una efectiva realización de los fines de la educación, controlar la calidad de la enseñanza impartida, garantizar los derechos de padres, profesores, alumnos y personal administrativo del centro o favorecer la participación de todos en la vida educativa.
Los encargados de dirigir y coordinar todas las actividades del centro son el consejo escolar y su claustro de profesores.
- El consejo escolar
El objetivo principal de la creación de estos consejos fue buscar la participación en la gestión de un grupo de personas que tuviesen intereses en la organización y funcionamiento del centro. Debido a que se trataba de algo limitado que se se regulara a cada centro exclusivamente, se crearon los consejos escolares municipales para dar respuestas a problemas de la misma índole a centro de un mismo municipio. Queda como máximo Órgano de representación el Consejo Escolar de Estado, que representando a todos los sectores educativos del país, se ocupa de dar respuesta a los problemas y cuestiones que la educación tiene planteadas a nivel nacional.
Los consejos escolares de los centros estarán presididos por su Director o Directora. Además formarán parte de ellos el jefe de estudios y el secretario o administrador, un grupo de profesores el cuál no podrá ser inferior a un tercio del total de componentes y el mismo número será destinado a padres y alumnos (a partir del primer ciclo de la ESO). También forman parte de él un representante del ayuntamiento donde el centro esté ubicado y otro del personal de Administración y Servicios. Sus reuniones tendrán lugar al principio y al final del curso, así como una vez al final del trimestre. Las atribuciones que este este órgano quedan establecidas en el artículo 11 de la LOPEGCE:
- Elaborar el proceso educativo del centro, aprobarlo y evaluarlo.
- Elegir al director del centro, y en su caso y previo acuerdo de sus miembros adoptado por mayoría absoluta de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del Director así elegido.
- Sustentandose en lo que dice la ley, decidir sobre la admisión de alumnos.
- Aprobar el Reglamento de Régimen interior del centro.
- Resolver conflictos y aprobar las oportunas medidas pedagógicas en caso de alumnos con determinados conflictos.
- Realizar y aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la ejecución del mismo.
- Establecer las normas para la colaboración y realización de distintas actividades con otros centros , entidades y organismos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración Educativa.
- Otras competencias que le sean atribuidas en los correspondientes reglamentos orgánicos.
En los Consejos Escolares, en general, se toman decisiones acerca de todas las cuestiones que son relevantes para el centro, dando por supuesto que en cualquiera de ellas todos sus integrantes pueden hacer su aportación. Éstas decisiones deben ser consensuadas, en general, por la mayoría de los componentes del consejo. Sin embargo, podemos enuncias dos asuntos en los que mayoría absoluta simple, sino mayoría absoluta:
- A la hora de elegir director o directora.
- Aprobar el presupuesto para el curso académico.
Por otro lado, existen otras dos cuestiones que debido a su vital importancia, exigen la aprobación de dos tercios de personas que lo compongan:
- Aprobación del proyecto de centro.
- La propuesta de renovación del Director o Directora nombrado.
Debido a la gran cantidad de cuestiones que deben tratar éstos consejos, es habitual que se formen comisiones de trabajo que se dejan en manos de las comunidades autónomas. En Andalucía la más frecuentemente constituida en la convivencia. La cuál está formada por:
- El Director o Directora
- El o la jefe de Estudios
- Dos profesores o profesoras
- Dos padres o madres
Por otro lado, la comisión económica la forman:
- El Director o Directora
- Un profesor o profesora
- Un padre o madre
- El Claustro de Profesores
Se trata de el segundo de lo Órganos de Gobierno de los centros, en cual está presidido también por el Director o Directora y está compuesto por todos los profesores que estén trabajando en dicho centro. Las principales actividades que tiene éste órgano son aprobar y evaluar los proyector curriculares y aquellos asuntos relacionados con la enseñanza-aprendizaje; para el resto de actividades que se deben hacer en un centro, el claustro, solo hace propuestas o promueve iniciativas. Sus competencias están establecida en el artículo 15 de la LOPEGCE y son:
- Formular el equipo directivo propuestas para la elaboración del proyecto y de la programación anual.
- Aceptar y evaluar los proyectos curriculares y los aspectos docentes del centro.
- Proponer diferentes iniciativas de experimentación e investigación pedagógica.
- Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro.
- Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de alumnos.
- Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
Sus reuniones tendrán lugar en el mismo tiempo que las de el Consejo escolar, trimestrales y al principio y final de curso. Éstas reuniones serán convocadas también por el Director o Directora o a propuesta de de un tercio de sus componentes.
Los Órganos Unipersonales
Existen tres órganos de gobierno unipersonales: Director, Jefe de estudios y Secretario. Aunque la LOPEGCE (1995) no establece competencias específicas a estos órganos, sí se detallan una serie de tareas de mediación entre el Consejo Escolar y el Claustro de profesores que deben llevar a cabo en los Reglamentos de las comunidades autónomas.
- El Director
El modelo directivo que tiene nuestro país se le llama centralizado participativo puesto que es la comunidad educativa la que elige a la persona que reúne las condiciones que ha fijado el Gobierno central autonómico. La comunidad educativa se centra en la experiencia a la hora de hacer una elección adecuada para este cargo, tal y como ya se localiza en la LOPEGCE (1995), en la que se establece que debe tener una antigüedad de cinco años en el cuerpo, así como ser definitivo en el centro al menos durante un año y ser acreditado para el ejercer el correcto funcionamiento de la función directiva.
Otra exigencia que se debe mencionar es es la de presentar ante el Consejo Escolar un Proyecto de dirección en donde el candidato fija unos objetivos e incluso elabora un plan de trabajo para ayuda a la consecución de sus fines. En este proyecto debe proponer al jefe de estudios y al secretario.
El docente que quiera presentar su candidatura a la dirección deberá hacer primero ante la dirección de su centro, previo informe al claustro, y después presentar un escrito ante el Consejo Escolar quince días antes de la de la elección. La elección la realizará el consejo en una sesión convocada para ello mediante sufragio directo y secreto. El candidato o candidata deberá obtener una mayoría absoluta de los votos. Si se presentara más de un candidato, en la primera sesión quedaría como único candidato el más votado, pero deberá conseguir la mayoría absoluta en la sesión convocada 48 después. En el caso de que no se presentara ninguna candidatura o que no se alcanzara la mayoría absoluta, será la administradora la que proceda a nombrar director por un periodo de cuatro años.
Las competencias del director están recogidas en el artículo 21 de la LOPEGCE y son las siguientes:
- Se encarga de la dirección y coordinación de todas las actividades del centro.
- Ostenta la representación del centro y a su vez, representa a la administración educativa en dicho centro.
- Tiene el deber de cumplir y hacer cumplir las leyes y las disposiciones vigentes.
- Colaborar con la administración educativa para la consecución de los objetivos educativos del centro.
- Designar al jefe de estudios, al secretario así como a cualquier otro órgano unipersonal de gobierno que pueda formar parte del equipo directivo.
- Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
- Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de los órganos colectivos.
- Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro.
- Llevar a cabo las contrataciones a la hora de realizar obras, servicios y suministros.
- El jefe de estudios
Será nombrado por la administración educativa a propuesta del director. Éste sera elegido entre los maestros y maestras del centro que tengan un puesto definitivo en dicho centro. Se encarga de las cuestiones pedagógicas del centro y en ocasiones ejerce la jefatura de los profesores en determinados aspectos, como su ausencia.
Sus competencias se pueden citar entre las siguientes:
- Promover y coordinar actividades complementarias y extraescolares del alumnado y las de perfeccionamiento del profesorado.
- Coordinar las actividades de los tutores.
- Organizar actos académicos.
- Elaborar horarios.
- El secretario
Su nombramiento y duración del cargo están sujetos a las mismas premisas que las de el Jefe de Estudios y sus competencias están reguladas de igual manera por la junta de Andalucía a través de Decretos.
Entre sus principales competencias podemos destacar:
- Ejercer la jefatura del personal no docente y elaborar sus horarios.
- Custodia de los libros oficiales.
- Es responsable del material y del equipamiento del centro.
- Expide certificados
- Elabora anteproyectos de presupuesto
Estructura de la educación Infantil
El primero de estos niveles de enseñanza es la Educación Infantil. Ésta comprende hasta los seis años de edad y está encaminada a conseguir el desarrollo físico, intelectual, afectivo y moral de los niños. Este nivel de enseñanza no es obligatorio y pretende que las enseñanzas vayan dirigidas a continuar los logros adquiridos en el seno de la comunidad familiar. Igualmente, su objetivo es establecer vínculos entre las familias y los establecimientos escolares para obtener los mejores resultados y propiciar que los padres asuman la responsabilidad que les corresponde (García, 2002).
La Educación Infantil desarrolla en los niños las siguientes capacidades (García, 2002):
- Conocer el propio cuerpo y sus posibilidades de acción.
- Relacionarse con los demás a través de las distintas formas de expresión y de comunicación.
- Observar y explorar el entorno natural, familiar y social.
- Adquirir autonomía en las actividades habituales, de forma progresiva.
La Educación Infantil comprende dos ciclos (García, 2002):
1. Se extiende hasta los tres años. Además procura atender el desarrollo del movimiento, el control corporal, la iniciación al lenguaje y a la comunicación, el descubrimiento del entorno próximo y las normas elementales de relación social y de convivencia.
2. Se extiende desde los tres años hasta los seis. Este ciclo se encarga de que los niños aprendan a usar el lenguaje, descubran el medio físico y social en el que viven, elaboren una autoimagen positiva y equilibrada y consigan unos hábitos de comportamiento encaminados a conseguir una elemental autonomía personal.
Los contenidos educativos se organizan en áreas y se tratan por medio de actividades cargadas de interés y de significado para los niños. Los métodos se basaran en las experiencias, las actividades y el juego, propiciando un ambiente de afecto y confianza (García, 2002).
Estructura de la educación primaria
La Educación Primaria constituye el segundo nivel del Sistema escolar. Ésta comprende seis cursos académicos desde los seis hasta los doce años y pretende proporcionar a todos los niños una educación común que facilite los aprendizajes básicos culturales, la conquista de las técnicas instrumentales de adquisición del saber y una progresiva autonomía personal en relación con su medio. Para llegar a los anteriores objetivos, se hace necesario desarrollar las siguientes capacidades (García, 2002):
- Utilizar de manera apropiada la lengua castellana y la oficial propia de la Comunidad Autónoma.
- Comprender y expresar mensajes sencillos en una lengua extranjera.
- Aplicar a las situaciones de la vida cotidiana operaciones simples de cálculo y procedimientos lógicos elementales.
- Adquirir las habilidades que permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.
- Apreciar los valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana y obrar de acuerdo con ellos.
- Utilizar los diferentes medios de representación y expresión artística.
- Conocer las características fundamentales del medio físico, social y cultural y las posibilidades de acción en el mismo.
- Valorar la higiene y la salud del propio cuerpo, así como la conservación de la naturaleza y el medio ambiente.
- Utilizar la educación física y de deporte para favorecer el desarrollo personal.
La Educación Primaria comprende tres ciclos de dos cursos cada uno y se organiza con carácter global e integrador en las siguientes áreas, que serán obligatorias (García, 2002):
· Conocimiento de medio natural, social y cultural.
· Educación Artística.
· Educación Física.
· Lengua castellana, lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma y Literatura.
· Lenguas extranjeras.
· Matemáticas.
En este nivel educativo, los métodos van dirigidos al desarrollo general del alumno y se adaptan a los distintos ritmos de aprendizaje de cada niño. La evaluación es continua y global en este nivel de enseñanza (García, 2002).
Estructura de la educación secundaria obligatoria (ESO)
El tercer nivel del Sistema escolar es la Educación Secundaria Obligatoria. Ésta integra cuatro cursos académicos de los doce a los dieciséis años y tiene como finalidad transmitir al alumnado los elementos básicos de la cultura, formar para asumir los deberes y ejercer los derechos y preparar para una incorporación a la vida activa o acceder a la Formación Profesional específica de grado medio o al Bachillerato. Este nivel completa la enseñanza básica, junto con la Educación Primaria, las cuales tienen carácter obligatorio (García, 2002).
La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) intenta desarrollar en los alumnos las siguientes capacidades (García, 2002):
- Comprender y expresar correctamente en lengua castellana y en la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes completos, orales y escritos.
- Comprender una lengua extranjera y expresarse en ella de manera apropiada.
- Utilizar con sentido crítico los distintos contenidos y fuentes de información y adquirir nuevos conocimientos con el propio esfuerzo.
- Comportarse con espíritu de cooperación, responsabilidad moral, solidaridad y tolerancia, respetando el principio de la no discriminación entre personas.
- Conocer, valorar y respetar los bienes artísticos y culturales.
- Analizar los principales factores que influyen en los hechos sociales y conocer las leyes básicas de la naturaleza.
- Entender la dimensión practica de los conocimientos obtenidos y adquirir una preparación básica en el campo de la tecnología.
- Conocer las creencias, actitudes y calores básicos de nuestra tradición y patrimonio cultural, valorarlos críticamente y elegir aquellas opciones que mejor favorezcan el desarrollo integral como personas.
- Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo y el medio ambiente.
- Conocer el medio social, natural y cultural en que se vive y utilizarlos como instrumentos para la propia formación.
- Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal.
La Educación Secundaria Obligatoria consta de dos Ciclos, de dos cursos cada uno, y se imparte por áreas de conocimiento que tendrán carácter obligatorio. Estas áreas son (García, 2002):
· Ciencias de la Naturaleza.
· Ciencias Sociales, Geografía e Historia.
· Educación Física.
· Lengua castellana, lengua oficial propia de la correspondiente Comunidad Autónoma y Literatura.
· Lenguas extranjeras.
· Matemáticas.
· Música.
· Tecnología.
· Materias optativas.
La metodología didáctica se adapta a las características de cada alumno, favorece la capacidad para aprender por sí mismo y para trabajar en equipo y le inicia en el conocimiento de la realidad de acuerdo con los principios básicos del método científico (García, 2002).
La evaluación es continua e integradora. Al finalizar esta etapa, los alumnos que hayan alcanzado los objetivos de los dos ciclos que la componen recibirán el título de Graduado en Educación Secundaria, que permite el acceso al Bachillerato o a la Formación Profesional de grado medio (García, 2002).
Estructura del Bachillerato
El Bachillerato comprende dos cursos académicos y va destinado a alumnos a partir de dieciséis años. Sus objetivos se centran en proporcionar madurez intelectual y humana, así como conocimientos y habilidades que permitan desempeñar funciones sociales con responsabilidad y competencia, al mismo tiempo que capacitar para el acceso a los estudios universitarios o a la Formación Profesional de grado superior (García, 2002).
Este nivel contribuye a desarrollar las siguientes capacidades (García, 2002):
- Dominar la lengua castellana y a lengua oficial propia de la Comunidad autónoma.
- Expresarse con fluidez y corrección en una lengua extranjera.
- Analizar y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo y los antecedentes y factores que influyen en él.
- Comprender los elementos fundamentales de la investigación y del método científico.
- Consolidar una madurez personal, social y moral que permita actuar de forma responsable y autónoma.
- Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.
- Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades propias de la modalidad elegida.
- Desarrollar la sensibilidad artística y literaria como fuente de información y enriquecimiento cultural.
- Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal.
El Bachillerato se organiza en materias comunes, materias propias de la modalidad y materias optativas. Las modalidades del Bachillerato son (García, 2002):
- Artes.
- Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.
- Humanidades y Ciencias Sociales.
- Tecnología.
Las materias comunes del Bachillerato son (García, 2002):
- Educación Física.
- Filosofía.
- Historia.
- Lengua castellana, lengua oficial propia de la correspondiente Comunidad Autónoma y Literatura.
- Lengua extranjera.
La metodología didáctica del Bachillerato favorece la capacidad para el autoaprendizaje, para el trabajo en equipo y para aplicar los métodos apropiados de investigación, conjugando la teoría con la práctica (García, 2002).
Los alumnos que superen todas las materias del Bachillerato recibirán el título de Bachiller que faculta para acceder a la Formación Profesional de grado superior o a los estudios universitarios. En este último caso será necesario superar una prueba de acceso (García, 2002).
Estructura de la formación profesional
La Formación Profesional tiene como objetivo esencial preparar a los alumnos para la actividad profesional a través de una formación polivalente que les permita adaptarse a los cambios laborales que a lo largo de la vida pueden producirse. Comprende la llamada Formación Profesional de base, la Formación Profesional específica por grado medio y la de grado superior (García, 2002).
La primera de ellas la recibirán los estudiantes a lo largo de la ESO y el Bachillerato, con la intención de proporcionarles una preparación profesional básica y general. Por lo que se refiere a la Formación Profesional específica estará estructurada en un conjunto de Ciclos formativos que constituirán los módulos profesionales, y que, con una duración variable, pondrá en contacto al alumnado con las facetas teórico-prácticas de las distintas profesiones (García, 2002).
A la formación Profesional específica de grado medio se accede mediante la titulación correspondiente, a la que hemos hecho referencia en el lugar oportuno, o mediante una prueba en la que el aspirante demuestre tener los conocimientos y la preparación suficiente para cursar estas enseñanzas con cierta garantía de progresar en ellas (García, 2002).
El alumnado que supere las enseñanzas de Formación Profesional específica de grado medio obtendrá el título de Técnico que le permitirá acceder a las modalidades de Bachillerato relacionadas con el campo profesional (García, 2002).
A la Formación específica de grado superior se accede por medio del título de Bachiller, al que ya hemos hecho mención en líneas precedentes o mediante la oportuna prueba que se determine al efecto. Quienes cursen con aprovechamiento los estudios de grado superior recibirán el título de Técnico Superior que faculta para iniciar estudios universitarios relacionados con los estudios profesionales realizados (García, 2002).
Para impartir enseñanzas de Formación Profesional específica se requerirán las mismas titulaciones exigidas para la ESO, si bien en ciertas áreas se considerarán otras análogas relacionadas con ellas (García, 2002).
Estructura de las universidades
La Educación Universitaria comprende diversas modalidades y va dirigida a estudiantes mayores de dieciocho años. Sus objetivos fundamentales se encaminan a preparar a los jóvenes para incorporarse a la vida laboral en los sectores científicos, técnicos y humanísticos. De una manera especial, se pretende formar para la docencia, propiciando el desarrollo de la investigación y el progreso económico, social, político, cultural, etc. De toda la nación (García, 2002).
Los grados son estudios cuya finalidad es la obtención por parte del estudiante de una formación general orientada a la preparación para el ejercicio profesional.
Los títulos de grado son de 240 créditos ECTS, que equivalen a un período mínimo de estudio de cuatro años.
Excepcionalmente, los grados con condiciones pueden tener más créditos y comportar un período de estudio más amplio.
El título oficial que se obtiene al superar estos estudios es el de graduado.
Todos los grados se adscriben a alguna de estas ramas de conocimiento: artes y humanidades, ciencias, ciencias de la salud, ciencias sociales y jurídicas, ingeniería y arquitectura.
La adscripción a una u otra rama determina las asignaturas básicas que deberán cursarse en los dos primeros años del grado.
Los planes de estudios de grado contienen como mínimo las actividades formativas siguientes: materias básicas, materias obligatorias y materias optativas, prácticas externas y un trabajo de fin de grado.
¿Cómo acceder a las universidades?
A través de la Preinscripción que es el proceso por el cual, previa solicitud, se adjudica plaza a los estudiantes que desean iniciar estudios en Centros Universitarios. El procedimiento de admisión en las universidades públicas y en las privadas es diferente.
Las universidades públicas de cada Comunidad Autónoma, junto con los Departamentos autonómicos de Educación, se agrupan en Distritos Universitarios para ordenar y coordinar los procedimientos de admisión.
Dentro de los plazos fijados por el Gobierno, cada Distrito Universitario establece un calendario de solicitud y adjudicación de plazas (preinscripción, publicación de listas de admitidos y matriculación).
A efectos del procedimiento de ingreso, las Universidades públicas de cada Comunidad Autónoma constituyen el Distrito Universitario Único, lo que significa que los estudiantes deben cursar una única solicitud de preinscripción en la que se especificarán, por orden de preferencia, los estudios que deseen iniciar entre todos los ofertados por las Universidades de esa Comunidad Autónoma.
El cien por cien de las plazas de todos los estudios de cada Comunidad Autónoma se ofertan por el denominado Distrito Abierto, en igualdad de condiciones para todos los alumnos, sin tener en cuenta su Distrito de procedencia o el lugar en el que residan.
En cuanto al calendario de la preinscripción, en la mayoría de los casos existen dos convocatorias o fases. La ordinaria (Fase A), en la que se preinscriben los alumnos que han superado la PAU en junio de ese mismo año o en años anteriores; y la extraordinaria (Fase B), para los estudiantes que aprueben en la convocatoria de selectividad de septiembre.
A continuación listamos los enlaces a través de los que encontrar información sobre cada uno de los distritos universitarios en los que se estructura nuestro sistema. En caso de no existir una página que aglutine todos los datos de las universidades que conforman cada distrito, ofrecemos enlaces a la información concreta sobre preinscripción que cada una de las universidades ofrece:
Las enseñanzas de idiomas van encaminadas a preparar a los alumnos para el dominio oral y escrito de las distintas lenguas, así como para un acercamiento a la cultura de los países en los que éstas tienen carácter de lengua oficial. Estos estudios pueden realizarse en régimen presencial y a distancia (García, 2002).
Para acceder a las enseñanzas de idiomas será requisito imprescindible haber cursado el Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria o estar en posesión del título de Graduado Escolar, del Certificado de Escolaridad o del Certificado de Estudios Primarios (García, 2002).
Finalizados los correspondientes estudios en cada uno de los idiomas impartidos, se obtiene la Certificación acreditativa (García, 2002).
6. Educación Especial
La Educación Especial podrá cursarse en Centros específicos, cuando las necesidades del alumnado no puedan ser atendidas en Centros ordinarios. También podrá hacerse en éstos últimos en las llamadas Unidades de Apoyo de la Integración, cuando los alumnos no presenten dificultades severas. Los anteriores Centros educativos estarán dotados de todos los recursos materiales y personales necesarios, para que los escolares puedan ser debidamente atendidos por equipos de apoyo, compuestos por profesionales cualificados, y por el profesorado de las especialidades correspondientes (García, 2002).
El objetivo de la Educación Especial es que estos llamados alumnos lleguen a desarrollar al máximo sus posibilidades, mediante los medios idóneos para su adecuada escolarización (García, 2002).
7. Educación de Adultos
La Educación de Adultos está pensada para las personas que, por determinadas circunstancias, no han podido iniciar o finalizar los estudios elegidos. También va dirigida a quienes han rebasado la edad de la escolaridad obligatoria y desean adquirir, completar, actualizar o ampliar conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional (García, 2002).
Las finalidades que presenta la Educación de Adultos son, entre otras (García, 2002):
- Actualizar o adquirir una formación básica.
- Facilitar el acceso a los distintos niveles del Sistema escolar.
- Mejorar la cualificación profesional o la adquisición de capacidades para ejercer otras profesiones.
- Desarrollar la capacidad para participar de manera activa en la vida social, cultural, política y económica.
La metodología de la Educación de Adultos estará basada en el autoaprendizaje, en las propias experiencias y en las necesidades e intereses de estas personas (García, 2002).
Por su parte, la Administración educativa promoverá una oferta amplia dirigida a las personas en todos los niveles del Sistema escolar, propiciando la educación permanente (García, 2002).
8. Educación a Distancia
La Educación a distancia está pensada para garantizar el derecho a la educación de aquellas personas que no puedan asistir, de manera regular y asidua, a un Centro docente. Es una forma de brindar mayores posibilidades educativas a los ciudadanos, mediante el uso de la correspondencia postal, el teléfono, la radio, la televisión y los medios de comunicación que la técnica pone al alcance de los interesados (García, 2002).
Actualmente se cuenta con numerosas instituciones que tienen establecidos programas para atender las diversas necesidades educativas, como son: la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), Centros de enseñanza por correspondencia, Radio ECCA, que emite para la enseñanza de Adultos, Centros de Enseñanza de Idiomas, programas dependientes del Ministerio de Educación para atender a los alumnos itinerantes, etc (García, 2002).